
¿Quienes están exentos de presentar las pruebas DELE (Lengua Española) y CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España)?
Según el artículo 10 de la Orden JUS/1625/2016 de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la Educación Secundaria Obligatoria. Ambos extremos deberán acreditarse mediante la oportuna documentación incorporada al expediente.
Los menores de 18 años y personas con capacidad modificada judicialmente estarán exentos de la superación de estas pruebas, para adquirir la nacionalidad, sea por residencia o al amparo de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
¿Quienes están exentos de presentar la prueba DELE – dominio del Español?
Están exentos de la prueba DELE los nacionales de los siguientes países:
Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay, Venezuela.
Deja una respuesta